El año 2026 representa un momento decisivo
para el sector de las piscinas de uso colectivo y el conjunto de instalaciones
acuáticas. Este cambio afecta a espacios como spas, centros deportivos,
hoteles, campings, instalaciones municipales o complejos recreativos. La
normativa estatal introduce nuevas exigencias que refuerzan la cualificación
del personal, la obligación de comunicar información sanitaria y la
responsabilidad directa de titulares y gestores en el mantenimiento de estas
instalaciones.
Estas novedades proceden de la
actualización del Real Decreto 742/2013, modificada posteriormente mediante el
Real Decreto 3/2023, que establece nuevas obligaciones y calendarios concretos
para su cumplimiento.
Desde el 2 de enero de 2026: obligación de
contar con personal cualificado
A partir del 2 de enero de 2026, las
empresas que ofrecen servicios de mantenimiento de piscinas a terceros deberán
disponer de personal técnico con acreditación profesional reconocida. Para ello
será necesario contar con alguna de las siguientes titulaciones o
acreditaciones:
- Certificado de
profesionalidad SEA757_2
- Certificado de
profesionalidad SEA_C_4B
- Acreditación oficial de
las Unidades de Competencia (UC) correspondientes
- Formación previa en Mantenimiento
de Piscinas de Uso Colectivo realizada antes de la entrada en vigor de
la nueva normativa
- O acreditación basada en experiencia
profesional, dentro del régimen transitorio establecido
Esta obligación tiene carácter estatal y
afecta a todas aquellas empresas que realizan tareas de mantenimiento en:
- Piscinas de uso colectivo
- Spas y áreas wellness
- Instalaciones deportivas
- Piscinas de titularidad
municipal
- Espacios acuáticos
recreativos
El objetivo de la normativa es claro: no
basta con disponer de experiencia práctica, sino que es imprescindible acreditar
oficialmente las competencias profesionales en caso de inspección
sanitaria.
Antes del 30 de abril: obligación anual de
comunicación a través de SILOE
La normativa también establece una
obligación periódica para los responsables de las instalaciones. Según el
artículo 15.1 del Real Decreto 742/2013, en su versión actualizada:
Antes del 30 de abril de cada año, los titulares o gestores de piscinas
deben remitir determinada información a la autoridad sanitaria mediante el
sistema SILOE (Sistema de Información Nacional de Piscinas).
¿Quién debe cumplir con esta obligación?
- Titulares de piscinas de
uso colectivo
- Gestores de instalaciones
acuáticas
- Administraciones públicas
(ayuntamientos, diputaciones, entidades públicas)
- Entidades privadas como
hoteles, gimnasios, comunidades de propietarios o centros deportivos
Aunque las empresas de mantenimiento
suelen colaborar en la preparación de la información técnica, la responsabilidad
final del envío corresponde al titular de la instalación.
SILOE: más que un trámite administrativo
El sistema SILOE se ha convertido en una
herramienta fundamental para el control sanitario de piscinas en España. A
través de este sistema, el Ministerio de Sanidad recopila información relevante
sobre las instalaciones acuáticas y su estado de mantenimiento.
Una comunicación incorrecta, incompleta o
realizada fuera del plazo establecido puede generar distintas consecuencias,
entre ellas:
- Requerimientos por parte
de la administración sanitaria
- Inspecciones técnicas o
sanitarias
- Posibles sanciones
administrativas
- Dificultades legales en
caso de incidentes sanitarios relacionados con la instalación
Por este motivo, resulta esencial que
tanto gestores como empresas mantenedoras tengan claro:
- Qué información debe
comunicarse
- Cómo realizar
correctamente el proceso de envío
- Qué documentación técnica
debe conservarse
- Qué responsabilidades
corresponden a cada agente implicado
La formación especializada: elemento clave
para cumplir la normativa
Ante este nuevo marco regulatorio, la
formación técnica adquiere un papel central dentro del sector. Disponer de
formación específica ya no es solo una recomendación, sino un requisito
fundamental para:
- Adaptarse a la normativa
vigente
- Obtener o acreditar las
competencias profesionales necesarias
- Prepararse para los
certificados de profesionalidad exigidos
- Garantizar una gestión
segura desde el punto de vista sanitario y legal
En definitiva, 2026 marca un antes y un
después en la gestión de piscinas e instalaciones acuáticas, consolidando un
modelo basado en la profesionalización, la transparencia y la seguridad
sanitaria.